Teléfono móvil
+86 186 6311 6089
Llámanos
+86 631 5651216
Correo electrónico
gibson@sunfull.com

Términos técnicos del sensor de temperatura del termistor NTC

Valor de resistencia de potencia cero RT (Ω)

RT se refiere al valor de resistencia medido a una temperatura específica T utilizando una potencia medida que provoca un cambio insignificante en el valor de resistencia en relación con el error de medición total.

La relación entre el valor de resistencia y el cambio de temperatura de los componentes electrónicos es la siguiente:

 

RT = RN expB(1/T – 1/TN)

 

RT: Resistencia del termistor NTC a temperatura T (K).

RN: Resistencia del termistor NTC a la temperatura nominal TN (K).

T: Temperatura especificada (K).

B: Constante material del termistor NTC, también conocida como índice de sensibilidad térmica.

exp: exponente basado en un número natural e (e = 2,71828…).

 

La relación es empírica y tiene un grado de precisión solo dentro de un rango limitado de temperatura nominal TN o resistencia nominal RN, ya que la constante del material B es en sí misma una función de la temperatura T.

 

Resistencia nominal de potencia cero R25 (Ω)

Según la norma nacional, el valor nominal de resistencia a potencia cero es el valor de resistencia R25 medido por el termistor NTC a una temperatura de referencia de 25 °C. Este valor de resistencia es el valor nominal del termistor NTC. Generalmente, la resistencia del termistor NTC también se refiere a este valor.

 

Constante del material (índice de sensibilidad térmica) Valor B (K)

Los valores B se definen como:

RT1: Resistencia de potencia cero a temperatura T1 (K).

RT2: Valor de resistencia de potencia cero a la temperatura T2 (K).

T1, T2: Dos temperaturas especificadas (K).

Para los termistores NTC comunes, el valor B varía de 2000 K a 6000 K.

 

Coeficiente de temperatura de resistencia de potencia cero (αT)

La relación entre el cambio relativo en la resistencia de potencia cero de un termistor NTC a una temperatura específica y el cambio de temperatura que provoca el cambio.

αT: coeficiente de temperatura de resistencia de potencia cero a temperatura T (K).

RT: Valor de resistencia de potencia cero a temperatura T (K).

T: Temperatura (T).

B: Constante material.

 

Coeficiente de disipación (δ)

A una temperatura ambiente específica, el coeficiente de disipación del termistor NTC es la relación entre la potencia disipada en la resistencia y el cambio de temperatura correspondiente de la resistencia.

δ : coeficiente de disipación del termistor NTC, (mW/K).

△ P: Potencia consumida por el termistor NTC (mW).

△ T: El termistor NTC consume energía △ P, el cambio de temperatura correspondiente del cuerpo de la resistencia (K).

 

Constante de tiempo térmica de los componentes electrónicos (τ)

En condiciones de potencia cero, cuando la temperatura cambia bruscamente, la temperatura del termistor modifica el tiempo necesario para el 63,2 % de las dos primeras diferencias de temperatura. La constante de tiempo térmica es proporcional a la capacidad térmica del termistor NTC e inversamente proporcional a su coeficiente de disipación.

τ : constante de tiempo térmica (S).

C: Capacidad calorífica del termistor NTC.

δ: coeficiente de disipación del termistor NTC.

 

Potencia nominal Pn

Consumo de potencia admisible de un termistor en funcionamiento continuo durante un periodo prolongado bajo condiciones técnicas específicas. Con esta potencia, la temperatura del cuerpo de la resistencia no supera su temperatura máxima de funcionamiento.

Temperatura máxima de funcionamientoTmáxTemperatura máxima a la que el termistor puede funcionar de forma continua durante un tiempo prolongado en condiciones técnicas específicas. Es decir, T0 (temperatura ambiente).

 

Los componentes electrónicos miden la potencia Pm

A la temperatura ambiente especificada, el valor de resistencia del cuerpo resistivo calentado por la corriente de medición puede ignorarse en relación con el error total de medición. Generalmente, se requiere que la variación del valor de resistencia sea superior al 0,1 %.

 


Hora de publicación: 29 de marzo de 2023